Sesión JEC: 13/07/1978

Núm. Acuerdo: 30/1978

Núm. Expediente: 000/78071301

Autor:

Oficina de Coordinación del Ministerio de la Presidencia

Objeto:

Comunicación de la Oficina de Coordinación del Ministerio de la Presidencia, relativa a la fiscalización del funcionamiento permanente de las Juntas Electorales Provinciales.

Acuerdo:

La Junta acuerda poner en conocimiento del Ministro de la Presidencia del Gobierno que, por carecer de competencia, medios humanos y materiales y de posibilidades de incrementar en cuantía desconocida la Sección 3 Cortes Generales de los Presupuestos Generales del Estado, no le resulta factible el elaborar un anteproyecto de presupuesto que recoja las dotaciones necesarias para el funcionamiento, como órganos permanentes de la Administración electoral, de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona. En consecuencia, la Junta acuerda reiterar el contenido de su comunicación de 16 de marzo último en orden a la necesidad de promulgar una disposición de carácter general que, garantizando adecuadamente la independencia orgánica y funcional de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona y salvando las actuaciones de los órganos de la Administración financiera que sean pertinentes, asegure la disposición por las repetidas Juntas de los fondos necesarios para la satisfacción de sus necesidades permanentes, con independencia de los suplementos de crédito que fuera preciso habilitar con ocasión de futuros procesos electorales.

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Fiscalización

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES