Sesión JEC: 06/05/1982
Núm. Acuerdo: 17/1982
Núm. Expediente: 000/82050602
Autor:
Formaciones políticas
Objeto:
Recurso formulado por el Partido Socialista de Andalucía-Partido Andaluz impugnando los criterios de distribución de espacios acordados por el Comité.
Acuerdo:
La Junta acuerda la desestimación del recurso por estimar que en el mismo se pretende sustituir con el criterio propuesto por el recurrente los acordados en ejercicio de su competencia por el Comité, los cuales no infringen disposición alguna e incluyen, ponderándolo con otros criterios objetivos de proporcionalidad, el propuesto por el Partido recurrente. En relación con la moción formulada por el Comité de Prensa, Radio y Televisión sobre la programación relacionada con las elecciones. La Junta acuerda comunicar al Comité que éste debe ejercer, bajo la dirección de la Junta, la competencia que le atribuye el art. 40, 2 del Real Decreto-Ley 20/1977 en relación con la programación a que dicho precepto se refiere.
Descriptores de materia:
COMISIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN
ESPACIO GRATUITO
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA
RECURSOS ADMINISTRATIVOS