Sesión JEC: 12/05/1986

Núm. Acuerdo: 95/1986

Núm. Expediente: 000/86051209

Autor:

Junta Electoral Provincial

Objeto:

Junta Electoral Provincial de Soria consulta sobre posible inelegibilidad de los Delegados Territoriales de los Entes autonómicos.

Acuerdo:

La Junta acuerda que, de conformidad con el art° 154.2 de la Ley Electoral, serán inelegibiles en el caso de que su designación corresponda libremente al Consejo de Gobierno, pero no si tal designación corresponde a los Consejeros Autonómicos; en el primer caso, por analogía con lo dispuesto en el art° 6°.3.a) debe entenderse la inelegibilidad como relativa, esto es, limitada al ámbito territorial en que ejerzan su función.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

DELEGADOS PROVINCIALES