Sesión JEC: 12/05/1986

Núm. Acuerdo: 89/1986

Núm. Expediente: 000/86051203

Autor:

Formaciones políticas

Objeto:

Consulta de Convergencia i Unio sobre inelegibilidad de los representantes de las Comisiones Mixtas de Transferencias y Valoraciones nombrados por las Comunidades Autónomas.

Acuerdo:

La Junta acuerda ratificar el criterio de la Presidencia, en el sentido de que no concurre causa de inelegibilidad en los Vocales de las Comisiones Mixtas designadas por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Elegibilidad

DIPUTADOS AL CONGRESO

DIPUTADOS AL PARLAMENTO EUROPEO

DIPUTADOS AUTONÓMICOS

DIPUTADOS PROVINCIALES - Elegibilidad

INELEGIBILIDAD