Sesión JEC: 03/04/1987

Núm. Acuerdo: 14/1987

Núm. Expediente: 000/87040321

Autor:

Formaciones políticas

Objeto:

Consulta de Alianza Popular sobre elegibilidad de un comandante jurídico en situación de excedencia y derecho del mismo a reserva de plaza o destino.

Acuerdo:

La Junta acuerda que es elegible un comandante jurídico en excedencia puesto que la elegibilidad del art. 6.1i) afecta solo a los militares en activo;pero es inaplicable el art. 7.4 sobre el derecho a reserva de plaza ya que no están comprendidos en dicho precepto los militares y, además, el personal contemplado en el precepto ha de estar en activo para tener derecho a la reserva de plaza.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD