Sesión JEC: 29/04/1991

Núm. Acuerdo: 344/1991

Núm. Expediente: 000/91042922

Autor:

Formaciones políticas

Objeto:

Consulta del Representante General del Partido Democrático de Roquetas sobre posibilidad de ser candidato determinada persona.

Acuerdo:

Trasladar que, una vez presentadas las candidaturas, la competencia para pronunciarse sobre si un candidato reúne o no la condición de elegible corresponde a las Juntas Electorales a las que la ley encomiende la proclamación de dichas candidaturas, bajo el control jurisdiccional previsto en el art. 49 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad