Sesión JEC: 12/05/1993

Núm. Acuerdo: 235/1993

Núm. Expediente: 000/93051261

Autor:

Asamblea Tinerfeña

Objeto:

Solicitud de anticipo de subvención.

Acuerdo:

Comunicar que conforme al art. 127.2 LOREG sólo tienen derecho al adelanto de subvención las entidades políticas que hubieran obtenido representación en las Cortes Generales en las últimas elecciones, entre las que no se encuentra la solicitante.

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Anticipos