Sesión JEC: 25/05/1994

Núm. Acuerdo: 178/1994

Núm. Expediente: 342/1

Autor:

Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Consulta sobre si, teniendo en cuenta el artículo 121.2 LOREG y el artículo 9 de la Ley Orgánica de Financiación de Partidos políticos, la contabilidad de los ingresos y gastos electorales que habrá de presentarse al Tribunal de Cuentas, para su fiscalización, una vez concluidas las elecciones convocadas, deberá constar de los epígrafes Balance de Situación, Cuenta de Explotación y Resultados, y en ningún caso tendrá que recoger otros conceptos como por ejemplo los de Origen y Aplicación de Fondos, que no aparecen en el vigente Plan General Contable y sobre si asímismo, el concepto Resultados, correspondiente a la contabilidad electoral, deberá fusionarse posteriormente en las cuentas pertenecientes al ejercicio ordinario del año en curso, que los partidos políticos han de presentar también al Tribunal de Cuentas, para su fiscalización, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Financiación de los partidos políticos.

Acuerdo:

1º. Comunicar que, sin perjuicio de que la contabilidad a presentar por las entidades políticas se ajuste a los principios generales contenidos en el Plan General de Contabilidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121.2 LOREG, ha de recogerse en dicha contabilidad el origen de los fondos, a efectos de la fiscalización de su legalidad, así como su aplicación en orden al control del cumplimiento de las disposiciones de la LOREG sobre gastos electorales y límites porcentuales de los destinados a actividades de campaña electoral, sin que corresponda a esta Junta pronunciarse sobre la última de las consultas planteadas sobre la contabilidad ordinaria de las entidades políticas. 2º. Dar traslado del presente acuerdo a los representantes generales de las entidades políticas concurrentes a las elecciones al Parlamento Europeo. 3º. Dar traslado del presente acuerdo al Tribunal de Cuentas.

Descriptores de materia:

ADMINISTRACIÓN ELECTORAL

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Fiscalización