Sesión JEC: 30/05/1994

Núm. Acuerdo: 207/1994

Núm. Expediente: 331/3

Autor:

Junta Electoral Provincial de Córdoba

Objeto:

Consulta sobre si se autoriza la división en dos secciones de la Junta Electoral Provincial para la realización del escrutinio de los votos de los residentes ausentes.

Acuerdo:

Comunicar que el artículo 105.6 LOREG sólo reconoce tal posibilidad a efectos del escrutinio general.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto