Sesión JEC: 30/05/1994
Núm. Acuerdo: 207/1994
Núm. Expediente: 331/3
Autor:
Junta Electoral Provincial de Córdoba
Objeto:
Consulta sobre si se autoriza la división en dos secciones de la Junta Electoral Provincial para la realización del escrutinio de los votos de los residentes ausentes.
Acuerdo:
Comunicar que el artículo 105.6 LOREG sólo reconoce tal posibilidad a efectos del escrutinio general.
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto