Sesión JEC: 06/02/1995

Núm. Acuerdo: 22/1995

Núm. Expediente: 281/17

Autor:

PSM-Nacionalistes de Mallorca

Objeto:

Consulta sobre si para las elecciones locales cabe que la coalición que se constituya utilice denominaciones y símbolos distintos en los distintos municipios en que concurra.

Acuerdo:

Comunicar que en el supuesto planteado las coaliciones electorales pueden utilizar denominaciones específicas propias de alguno de los partidos coaligados, en los distintos distritos en que concurran, pero siempre y cuando se mantenga la referencia a la denominación común, que ha de hacerse constar necesariamente.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS