Sesión JEC: 17/05/1995

Núm. Acuerdo: 319/1995

Núm. Expediente: 282/31

Autor:

Representante general de las Agrupaciones Familiares Independientes Tinerfeñas

Objeto:

Solicitud de intervención de la Junta Electoral Central a los fines de interposición del pertinente recurso de amparo contra la sentencia recaída en el recurso nº 657/95.

Acuerdo:

Comunicar que el recurrente en amparo debe aportar la documentación correspondiente ante el Tribunal Constitucional y no ante la Junta Electoral Central.

Descriptores de materia:

AGRUPACIONES DE ELECTORES

RECURSOS DE AMPARO