Sesión JEC: 23/02/1996
Núm. Acuerdo: 198/1996
Núm. Expediente: 320/100
Autor:
Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos
Objeto:
Consulta sobre si en el supuesto de que la enfermedad o incapacidad física haya sobrevenido con posterioridad a la solicitud de inscripción en el Censo por parte del elector cabe que la recepción de la documentación para el voto por correo, pueden ser realizadas por otra persona en nombre del elector autorizada notarial o consularmente.
Acuerdo:
Comunicar que cabe que en el supuesto citado se otorgue poder notarial o consular para recibir la documentación electoral.
Descriptores de materia:
DOCUMENTOS NOTARIALES
ENFERMEDAD
PERSONA CON DISCAPACIDAD
SERVICIO DE CORREOS
VOTO POR CORRESPONDENCIA