Sesión JEC: 27/09/1996

Núm. Acuerdo: 362/1996

Núm. Expediente: 351/475

Autor:

Ayuntamiento

Secretario de Ayuntamiento

Objeto:

Consulta del Ayuntamiento de Redondela (Pontevedra), sobre votación de moción de censura contra el Alcalde del Ayuntamiento de Redondela.

Acuerdo:

Comunicar que, según el artículo 197.2 de la LOREG, la moción de censura debe ser discutida y votada en un Pleno de la Corporación convocado al efecto que ha de celebrarse en plazo de 15 días a contar desde su presentación. La convocatoria de la sesión corresponde al Alcalde.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Moción de censura