Sesión JEC: 14/02/1996

Núm. Acuerdo: 146/1996

Núm. Expediente: 321/53

Autor:

Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos

Objeto:

Comunicación del Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos sobre posibles retrasos en las fechas de entrega de la correspondiente documentación a los electores del CERA de determinadas provincias, que a su vez implicará que los sobres de votación se depositen por los electores afectados después de cumplido el plazo máximo establecido en el art. 73.3 de la LOREG y, que puede comportar en algunos casos el que Correos no pueda garantizar la llegada efectiva de los sobres de votación a las Mesas electorales correspondientes el día 3 de marzo de 1996.

Acuerdo:

Trasladar al Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos y a la Oficina del Censo Electoral que los plazos establecidos para el depósito del sobre de votación por los electores inscritos en el CERA son improrrogables y que los Servicios de Correos han de garantizar la entrega antes del día de escrutinio general.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto