Sesión JEC: 13/05/1999

Núm. Acuerdo: 231/1999

Núm. Expediente: 132/30

Autor:

Presidenta de la Junta Electoral de Zona de Valladolid

Objeto:

Inelegibilidad de un Secretario de Ayuntamiento que desempeña funciones de Delegado en la Junta Electoral de Zona.

Acuerdo:

Los Secretarios de Administración Local son elegibles, si bien quedan imposibilitados para actuar como Delegados de las Juntas Electorales, debiéndose entender que dicha imposibilidad se refiere al caso de que el Secretario de Ayuntamiento sea candidato en la misma circunscripción en la que desempeñe su función como Delegado de la Junta Electoral de Zona.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO