Sesión JEC: 07/06/1999
Núm. Acuerdo: 414/1999
Núm. Expediente: 251/150
Autor:
Secretario de la Junta Electoral de Zona de Mataró (Barcelona)
Objeto:
Consulta sobre inelegibilidad de candidatos deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Acuerdo:
La inelegibilidad contemplada en el artículo 177.2 de la LOREG se refiere sola y exclusivamente a los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local, siempre que contra ellos se haya expedido mandamiento de apremio por resolución judicial, sin que se contemple en absoluto a los deudores de la Tesorería de la Seguridad Social, entidad que, por otra parte, no ostenta competencia ninguna en materia electoral.
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
ELECCIONES LOCALES