Sesión JEC: 07/06/1999

Núm. Acuerdo: 414/1999

Núm. Expediente: 251/150

Autor:

Secretario de la Junta Electoral de Zona de Mataró (Barcelona)

Objeto:

Consulta sobre inelegibilidad de candidatos deudores a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Acuerdo:

La inelegibilidad contemplada en el artículo 177.2 de la LOREG se refiere sola y exclusivamente a los deudores directos o subsidiarios de la correspondiente Corporación Local, siempre que contra ellos se haya expedido mandamiento de apremio por resolución judicial, sin que se contemple en absoluto a los deudores de la Tesorería de la Seguridad Social, entidad que, por otra parte, no ostenta competencia ninguna en materia electoral.

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Elegibilidad

ELECCIONES LOCALES