Sesión JEC: 15/07/1999

Núm. Acuerdo: 612/1999

Núm. Expediente: 351/696

Autor:

Representante del Partido Popular en Córdoba

Objeto:

Consulta sobre la posibilidad de que sea candidato a Alcalde el segundo de la candidatura por estar inhabilitado por sentencia judicial el cabeza de lista.

Acuerdo:

Trasladar que en tanto que no conste la inhabilitación por sentencia judicial firme del cabeza de lista, o éste no presente su renuncia, no puede ser candidato a Alcalde el número dos de la candidatura.

Descriptores de materia:

ALCALDES - Inhabilitación o suspensión

ALCALDES - Renuncia