Sesión JEC: 15/02/2000
Núm. Acuerdo: 162/2000
Núm. Expediente: 283/341
Autor:
Presidente de la Junta Electoral Provincial de Albacete
Objeto:
Remite recurso de alzada contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de referencia resolutorio de impugnación de la candidatura del Grupo Independiente Liberal.
Acuerdo:
Inadmitir el recurso, por cuanto, con independencia de lo que proceda en cuanto a la legitimación activa, tal como informa la Junta Electoral Provincial de Albacete, los acuerdos dictados por las Juntas Electorales competentes en materia de proclamación de las candidaturas no están sujetos a recurso de alzada, en virtud de lo previsto en el inciso final del artículo 21 de la LOREG, por tener previsto dichos acuerdos un procedimiento especial de revisión judicial en el artículo 49 de la misma Ley.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2000
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Proclamación
IMPUGNACIÓN
RECURSOS ADMINISTRATIVOS