Sesión JEC: 07/03/2000

Núm. Acuerdo: 274/2000

Núm. Expediente: 140/90

Autor:

Ilmo. Sr. Director General de Seguridad Ciudadana

Objeto:

Diversas consultas sobre la participación de los Mossos d'Esquadra en los procesos electorales, como interventores o apoderados de alguna formación política o como miembros de Mesas electorales.

Acuerdo:

Trasladar que la Ley Electoral no contiene prohibición expresa de que los Mossos d'Esquadra sean miembros de Mesas electorales, así como tampoco de que sean interventores o apoderados de una formación política. No obstante, parece aconsejable, dada su condición de inelegibles y el principio básico de actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones, que se abstengan tanto de participar en las funciones de Mesas electorales como en las de apoderado o interventor ante las mismas.

Descriptores de materia:

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD

MESAS ELECTORALES - Miembros

PARTIDOS POLÍTICOS