Sesión JEC: 27/02/2002

Núm. Acuerdo: 28/2002

Núm. Expediente: 351/860

Autor:

Secretario-Interventor de la Diputación de Guadalajara

Objeto:

Consultas en relación con renuncia a la Alcaldía de un Concejo Abierto.

Acuerdo:

En relación con las consultas planteadas:

1.- Son inelegibles los Jueces y Fiscales de Paz, de conformidad con el artículo 6.1.h) de la LOREG, por lo que los que deseen ser candidatos deberán renunciar con anterioridad a la presentación de la candidatura.

2.- En caso de no haber candidatos, por la Diputación Provincial se designará un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde del Concejo Abierto.

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia

CANDIDATOS - Elegibilidad

CONCEJO ABIERTO