Sesión JEC: 09/04/2003
Núm. Acuerdo: 65/2003
Núm. Expediente: 251/248
Autor:
D. J.C.H. Cerezal de Peñahorcada (Salamanca)
Objeto:
Consulta sobre la elegibilidad de Guardia Civil en situación administrativa de reserva.
Acuerdo:
Trasladar que de conformidad con la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, del Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, la situación de reserva, en la medida en que no implica cesación de la relación profesional activa porque dicho personal en situación de reserva está a disposición del Ministerio del Interior para el cumplimiento de funciones policiales, se asimila a los efectos del régimen de inelegibilidades a la situación de servicio activo y, en consecuencia, concurre causa de inelegibilidad en el Guardia Civil en la mencionada situación, conforme al artículo 6.1.i) de la LOREG.
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
CANDIDATOS - Incompatibilidad
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD