Sesión JEC: 07/05/2003

Núm. Acuerdo: 134/2003

Núm. Expediente: 292/71

Autor:

Junta Electoral Provincial

Objeto:

Consulta sobre la competencia para resolver sobre las denuncias formuladas en relación con campañas publicitarias que vienen desarrollando los Ayuntamientos durante el período de las presentes elecciones.

Acuerdo:

Trasladar que las Juntas Electorales Provinciales son competentes para resolver las consultas de referencia, en virtud de la competencia genérica establecida en el artículo 20 de la LOREG, sin perjuicio de su remisión, en su caso, a la Junta inferior o superior categoría.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2003

Descriptores de materia:

PUBLICIDAD INSTITUCIONAL - Irregularidades