Sesión JEC: 13/05/2003

Núm. Acuerdo: 813/2003

Núm. Expediente: 349/149

Autor:

D. S.M.P. Representante General de Candidatura Independiente

Objeto:

Consulta sobre el límite de gastos para las elecciones municipales.

Acuerdo:

Trasladar que en el supuesto de concurrencia de elecciones locales y autonómicas el límite de gastos es el fijado en el artículo 134.2 de la LOREG cuando se trate de entidades políticas que concurren a ambos procesos electorales, es decir, el límite previsto para elecciones a Cortes Generales incrementado en un 25%. El límite de gastos para las elecciones a Cortes Generales es el establecido en el artículo 175.2 de la LOREG.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2003

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites