Sesión JEC: 01/03/2004

Núm. Acuerdo: 154/2004

Núm. Expediente: 140/145

Autor:

Secretario del Ayuntamiento de Lequeitio (Guipúzcoa)

Alcaldesa del Ayuntamiento de Pasaia (San Sebastián)

Objeto:

Consulta sobre si corresponde a la Junta Electoral de Zona o al Ayuntamiento rellenar y notificar el nombramiento de los miembros de las Mesas electorales.

Acuerdo:

Trasladar que siendo el Ayuntamiento el órgano competente para la designación de los miembros de las Mesas electorales, él mismo debe notificar a los interesados su designación; y que, como esta Junta Electoral Central reiteradamente acordado, la cumplimentación de los impresos puede delegarse por las Juntas Electorales de Zona en los Secretarios de los Ayuntamientos, pero no así la firma, que corresponde al Presidente de la Junta Electoral de Zona.

Descriptores de materia:

AYUNTAMIENTOS - Competencias

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

MESAS ELECTORALES - Miembros