Sesión JEC: 14/03/2004

Núm. Acuerdo: 228/2004

Núm. Expediente: 140/150

Autor:

Presidente de la Junta Electoral de Zona de Ponferrada (León)

Objeto:

Consulta sobre posibilidad de ser designado miembro de Mesa electoral el Alcalde o concejal del municipio al que la Mesa pertenece.

Acuerdo:

Trasladar que los únicos casos que la LOREG considera expresamente, en su artículo 27 apartados 1 y 3, como causa justificada que impida el desempeño de los cargos de Presidente y Vocal de Mesa electoral son el presentarse como candidato y el concurrir la condición de inelegible en la persona de que se trate, debiendo, fuera de esos casos, apreciar la competente Junta Electoral de Zona las circunstancias concurrentes.

Descriptores de materia:

MESAS ELECTORALES - Miembros