Sesión JEC: 24/05/2004

Núm. Acuerdo: 307/2004

Núm. Expediente: 310/232

Autor:

Representante General de Galeusca-Pueblos de Europa

Representante General de Europa de los Pueblos

Objeto:

Consulta sobre criterio de la Junta sobre validez de votos emitidos en determinadas papeletas.

Acuerdo:

Trasladar que en aras de la defensa de la efectividad del derecho de sufragio de los electores han de reputarse válidos los votos emitidos con papeleta completa, es decir, incluyendo la totalidad de los candidatos y, en su caso, suplentes, en Comunidades Autónomas en las que una entidad política haya hecho uso de lo dispuesto en los artículos 221.4 y 222, y viceversa. Igualmente ha de reputarse válido el voto en el que el sobre corresponda a Comunidad Autónoma distinta de aquella en la que se emite el sufragio.

Descriptores de materia:

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

VOTOS VÁLIDOS Y NULOS