Sesión JEC: 16/02/2005
Núm. Acuerdo: 73/2005
Núm. Expediente: 140/175
Autor:
Representante General del Partido Socialista Obrero Español
Objeto:
Consulta sobre posibilidad de que los apoderados de las formaciones políticas, por tal condición, puedan ser excusados de formar parte de las Mesas electorales.
Acuerdo:
En consideración a las funciones que ejercen los apoderados designados por las entidades políticas, ha de entenderse aplicable a los mismos el criterio sentado por esta Junta en el sentido de que la función de interventor electoral -y, por tanto, apoderado- ha de considerarse preferente a la condición de miembro de una Mesa Electoral
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
MESAS ELECTORALES - Excusas
MESAS ELECTORALES - Miembros