Sesión JEC: 21/05/2007
Núm. Acuerdo: 224/2007
Núm. Expediente: 271/85
Autor:
Presidente de la Junta Electoral Provincial de Guipúzcoa
Objeto:
Consulta sobre si los Apoderados ostentan sus derechos en la circunscripción en que ha sido anulada la candidatura de la formación política a la que representan.
Acuerdo:
Trasladar que dado que el artículo 76 de la LOREG dispone que los Apoderados representan a la candidatura en las actuaciones electorales, sus derechos se circunscriben exclusivamente a los municipios en los que la candidatura de la formación política haya sido proclamada.
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL