Sesión JEC: 21/05/2007

Núm. Acuerdo: 239/2007

Núm. Expediente: 292/586

Autor:

Presidente de la Junta Electoral de Canarias

Objeto:

Recursos de las formaciones políticas Centro Canario (CCN), Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario y Ente Público Radiotelevisión Canaria contra Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 16 de mayo de 2007, sobre entrevistas en Televisión Canaria los días 21 a 25 de mayo de 2007.

Acuerdo:

Estimar los recursos de Ente Público Radiotelevisión Canarias y de Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario y anular el Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 16 de mayo en lo que se refiere a la prohibición de realizar una entrevista a el representante de Coalición Canaria a las 21 horas del día 25 de mayo, por cuanto no existe ninguna disposición legal que impida realizar la entrevista a la citada hora, sin que corresponda a la Administración electoral entrar a valorar la posible incidencia en la utilización de dicha hora cuando dicha entrevista es el resultado de un acuerdo entre las fuerzas políticas con representación en el Parlamento de Canarias y no se ha presentado recurso alguno contra el mismo, sin que pueda traerse a colación un Acuerdo anterior de la Junta Electoral Central en el que no concurrían estas circunstancias. Desestimar el recurso presentado por el representante del Centro Canario por cuanto lo que esta Junta Electoral Central acordó en su reunión del pasado 16 de mayo de 2007 es reconocer el derecho del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) a participar mediante la persona que designe en un debate en televisión entre representantes de partidos políticos con representación en el Parlamento de Canarias, condición que concurre en el PIL pero no en el Centro Canario (CCN) que es quien presenta este recurso.

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

RECURSOS ADMINISTRATIVOS