Sesión JEC: 01/12/2011

Núm. Acuerdo: 740/2011

Núm. Expediente: 140/269

Autor:

Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Verín (Ourense)

Objeto:

Consulta sobre el disfrute del permiso de cuatro horas para ejercer el derecho a voto por un Policía Local sobre la base de la orden de 18 de octubre de 2011, en día distinto al de la votación.

Acuerdo:

Es doctrina reiterada que no es competencia de esta Junta Electoral Central decidir conflictos entre empresas y trabajadores aunque tales conflictos surjan como consecuencia de la realización de actuaciones electorales (Ac.27 de febrero de 1990). Por ello no corresponde a esta Junta interpretar la Orden de 18 de octubre de 2011 de la Consejería de Trabajo y Bienestar de la Xunta de Galicia si bien es cierto que de su nombre y de su contenido parece derivarse claramente que regula la facilitación del ejercicio del derecho al voto por los trabajadores por cuenta ajena que tengan que trabajar el día de la votación por lo que el permiso se concede con esa exclusiva finalidad.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

PERMISO LEGAL