Sesión JEC: 27/10/2011

Núm. Acuerdo: 622/2011

Núm. Expediente: 283/593

Autor:

Representante General de Unión Progreso y Democracia

Objeto:

Consulta sobre la renuncia de un candidato titular al Senado antes de la proclamación de la candidatura.

Acuerdo:

Es doctrina de esta Junta que el artículo 48.1 de la LOREG permite la modificación de las candidaturas en el plazo para la subsanación, entre otros supuestos, por renuncia del titular lo que abre la posibilidad de que en el trámite de subsanación y en el supuesto aludido, se designe nuevo candidato titular en lugar del renunciante, dado que además, el artículo 48.2 de la LOREG solo prevé como obligatoria la sustitución por el suplente después de la proclamación y cuando se trate de listas de candidatos, supuesto este último que no concurre en las elecciones al Senado (Ac. 19 de mayo de 1986 y 13 de mayo de 1999).

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2011

Descriptores de materia:

CANDIDATOS - Renuncia

CANDIDATURAS - Subsanación de errores

SENADORES