Sesión JEC: 27/10/2011

Núm. Acuerdo: 620/2011

Núm. Expediente: 283/589

Autor:

Ilmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral Provincial de Segovia

Objeto:

Consulta sobre la documentación que debe acompañar a la presentación de una candidatura.

Acuerdo:

Las candidaturas deberán presentarse de la documentación a la que se refiere el apartado primero de la Instrucción 1/2000, de la Junta Electoral Central, de 20 de enero de 2000, sobre documentación que debe acompañarse en la presentación de candidaturas.

Dicho apartado dispone que: "Los documentos relativos a los candidatos que habrán de aportarse en las elecciones generales serán los siguientes:

1º) Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad de cada candidato.

2º) Escrito en papel común firmado por cada candidato en el que el mismo declare bajo juramento no estar sujeto a penas que le inhabiliten para ser candidato y no estar incurso en causa de inelegibilidad y formule, además, expresamente la aceptación de su candidatura. El referido escrito puede ser un solo escrito firmado por todos los candidatos o bien un escrito firmado por cada uno de ellos, admitiéndose en ambos casos que las declaraciones juradas aludidas y la aceptación de la candidatura se formulen en un mismo escrito o en escritos separados".

La ausencia de dicha documentación es un error que puede ser subsanado en los términos de lo dispuesto por el artículo 47 LOREG.

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Presentación