Sesión JEC: 17/02/2011

Núm. Acuerdo: 29/2011

Núm. Expediente: 250/93

Autor:

Secretario del Partido Popular de Fuerteventura.

Objeto:

Consulta sobre derecho de sufragio activo en las elecciones de Cabildos Insulares de los ciudadanos extranjeros, comunitarios y no comunitarios.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que el derecho de sufragio lo ostentan los ciudadanos de la Unión Europea en las elecciones municipales, pero no en las de Cabildos Insulares. Lo mismo cabe afirmar respecto de los ciudadanos de Estados a los que se reconoce por Tratado Internacional dicho derecho de sufragio dado que este derecho queda circunscrito a las elecciones municipales.

Descriptores de materia:

CABILDO INSULAR CANARIO

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

EXTRANJEROS