Sesión JEC: 21/04/2014

Núm. Acuerdo: 72/2014

Núm. Expediente: 283/632

Autor:

Otros

Objeto:

Reclamaciones sobre el orden de presentación de candidaturas en el Registro de la Junta Electoral Central, por las formaciones políticas Iniciativa Feminista, Partido Socialista Obrero Español, Coalición por Europa y Partido Popular.

Acuerdo:

1.- No puede ser acogida la alegación del representante general del Partido Popular relativa a la presentación de la candidatura mediante correo electrónico en la medida en que la Junta Electoral Central no tiene en este momento implantado un sistema de registro electrónico.

2.- Vistas las alegaciones contenidas en los escritos de reclamación de las distintas formaciones electorales afectadas, y dado que la Secretaría de la Junta Electoral Central no ha podido acreditar de forma fehaciente el orden de presentación de las cuatro candidaturas presentadas por las citadas formaciones, ante la inexistencia de previsión legal al respecto ni de precedente en el que se haya planteado este problema, la Junta Electoral Central ha optado por resolver esta cuestión mediante sorteo.

Realizado el citado sorteo, de acuerdo con su resultado, el orden de presentación será el siguiente:

1º) Iniciativa Feminista
2º) Partido Socialista Obrero Español
3º) Partido Popular
4º) Coalición por Europa.

Dicho orden será el de publicación de estas candidaturas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.9 de la LOREG.

Descriptores de materia:

CANDIDATURAS - Presentación

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

JUNTA ELECTORAL CENTRAL