Sesión JEC: 06/05/2015

Núm. Acuerdo: 170/2015

Núm. Expediente: 271/113

Autor:

Sr. Representante General del partido político Ahora Madrid

Objeto:

Consulta relativa a la posibilidad de que una misma persona asuma la condición de apoderado del Partido Ahora Madrid y del partido político Podemos concurriendo ambas formaciones políticas a procesos electorales diferentes.

Acuerdo:

La legislación electoral no prohíbe que una misma persona pueda ser designada como apoderado de un partido para las elecciones municipales y de otro para las elecciones autonómicas. De este Acuerdo se dará trasladado a las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y a las Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento, y en el caso de estas últimas, su traslado a las Juntas Electorales de Zona.

Descriptores de materia:

APODERADOS E INTERVENTORES

ELECCIONES SIMULTÁNEAS