Sesión JEC: 26/08/2015

Núm. Acuerdo: 383/2015

Núm. Expediente: 330/205

Autor:

Vicepresidenta del Gobierno de la Generalidad de Cataluña. Consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales

Objeto:

Solicitud de que en los procesos electorales competencia de la Generalidad de Cataluña se posibilite la homologación de papeletas electorales que incorporen un código QR con el nombre de la candidatura y el listado de candidatos, accesible mediante un lector o teléfono móvil adaptado, para garantizar el derecho de participación y sufragio activo de las personas con discapacidad visual.

Acuerdo:

En respuesta a la consulta elevada por V.E., le comunico que las funciones de la Administración electoral en relación al procedimiento de votación de las personas con discapacidad visual debe limitarse a verificar el correcto cumplimiento de la legislación electoral reguladora de esta materia. En particular, en relación a las elecciones al Parlamento de Cataluña de 27 de septiembre de 2015, resulta aplicable el artículo 18 del Decreto 176/2015, de 4 de agosto, de normas complementarias para la realización de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2015, aprobado por el Gobierno de la Generalidad, que dispone lo siguiente: "Las personas con discapacidad visual que lo deseen pueden solicitar a la Administración convocante la utilización de una documentación complementaria en sistema Braille. Esta documentación acompañará las papeletas y sobres de votación normalizados y les permitirá la identificación de la opción de voto con autonomía y plena garantía del secreto de sufragio. El Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, regula este procedimiento y complementa lo que dispone el artículo 87.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General."

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2015

Descriptores de materia:

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES

PERSONA CON DISCAPACIDAD