Sesión JEC: 01/07/2015

Núm. Acuerdo: 356/2015

Núm. Expediente: 354/254

Autor:

Alcalde - Presidente del Ayutamiento de La Carolina (Jaén)

Objeto:

Circular sobre expedición de credenciales de Diputados autonómicos, Concejales, Diputados Provinciales, Consejeros Insulares y Alcaldes Pedáneos, tras la celebración de las elecciones locales y autonómicas de 24 de mayo de 2015.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central, en su reunión de 1 de julio de 2015, ha acordado remitir a las Juntas Electorales Provinciales, para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona, la siguiente

CIRCULAR:

En la medida en que las Juntas Electorales Provinciales y de Zona estén constituidas y con el fin de facilitar y agilizar la gestión de expedición de las credenciales de los cargos electos tras las elecciones locales y autonómicas de 24 de mayo de 2015, corresponderá a las referidas Juntas Electorales Provinciales y de Zona competentes expedir las credenciales de los Diputados autonómicos de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas constituidas tras las elecciones de 2015, de Concejales, Diputados Provinciales, Consejeros Insulares y Alcaldes Pedáneos en caso de vacante por fallecimiento, incapacidad o renuncia, hasta la finalización de su mandato.

Antes de su disolución, las citadas Juntas Electorales deberán remitir a la Junta Electoral Central, a través de las respectivas Juntas Electorales Provinciales, la relación de las credenciales expedidas por las mismas a los efectos de que la Junta Electoral Central pueda expedir las credenciales que se soliciten a partir de esa fecha, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.l) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2015

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Credenciales

CONCEJALES - Credenciales

CONSEJEROS INSULARES

DIPUTACIONES PROVINCIALES

DIPUTADOS PROVINCIALES - Credenciales

ELECCIONES AUTONÓMICAS

JUNTAS ELECTORALES - Competencias