Sesión JEC: 09/12/2015

Núm. Acuerdo: 558/2015

Núm. Expediente: 293/633

Autor:

Representante General de EAJ-PNV

Objeto:

Denuncia de la formación política EAJ-PNV contra la decisión de Atresmedia de realizar el próximo 7 de diciembre un "debate a cuatro", sin que el citado medio haya comunicado a esa formación política ninguna medida compensatoria.

Acuerdo:

1.- A la vista de las alegaciones recibidas, de las que se dará traslado a Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A., recabar de ésta: - Aclaración sobre si la formación política Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco va a participar en el debate previsto para el día 12 de diciembre; y, para el caso de que no esté prevista su participación, las concretas medidas compensatorias que se le van a conceder. - Especificación de las concretas medidas compensatorias que se han previsto respecto a Coalición Canaria. 2.- Por otra parte, en relación con las alegaciones formuladas por Unión Progreso y Democracia, desestimar sus pretensiones por considerar suficiente la compensación ofrecida por Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2015

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

ENTREVISTAS Y DEBATES

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS