Sesión JEC: 09/12/2015

Núm. Acuerdo: 540/2015

Núm. Expediente: 293/643

Autor:

Representante General de Unión Progreso y Democracia

Objeto:

Recurso interpuesto por Unión Progreso y Democracia contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias de 27 de noviembre de 2015, de distribución de espacios gratuitos en RNE y en TVE con motivo de las elecciones generales de 2015.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias, ya que, como se indica en el Informe de ésta -del que se dará traslado a la recurrente- su actuación se ha limitado a aplicar los artículos 62 y 64 de la LOREG.

En primer lugar porque, como señala el citado artículo 62, al ser el ámbito territorial del medio o de su programación más limitado que el de la elección convocada -en el presente caso se reduce a la provincia de Asturias-, la distribución de espacios se debe hacer atendiendo al número total de votos que cada formación obtuvo en las circunscripciones comprendidas en el referido ámbito de difusión o de programación del medio, esto es, en Asturias.

En segundo lugar, porque a los partidos como el recurrente, que no obtuvieron representación en Asturias en las últimas elecciones al Congreso, les corresponden diez minutos de espacios gratuitos, conforme al baremo establecido en el artículo 64.1 de la LOREG. Esto fue lo que correctamente hizo la Junta Electoral Provincial de Asturias en su resolución.

Finalmente, porque la Instrucción 4/2011 se refiere al plan de cobertura informativa de los medios y no es aplicable a la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral, cuya regulación viene recogida de forma detallada en los preceptos anteriormente citados.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral Provincial de Asturias a los interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2015

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