Sesión JEC: 15/12/2015

Núm. Acuerdo: 580/2015

Núm. Expediente: 120/151

Autor:

Presidenta de la Junta Electoral Provincial de Illes Balears

Objeto:

Recurso interpuesto por la coalición MES contra la designación de uno de los Vocales no judiciales de la Junta Electoral Provincial de Les Illes Balears, efectuada por la Junta Electoral Central.

Acuerdo:

Desestimar el recurso por no aportar el reclamante documento o prueba alguna que respalde las afirmaciones relativas a las supuestas actuaciones del Vocal cuestionado en orden a adoptar una medida tan grave como es la de acordar su remoción del cargo.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral Provincial de Illes Balears a los interesados.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2015

Descriptores de materia:

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES