Sesión JEC: 17/12/2015

Núm. Acuerdo: 603/2015

Núm. Expediente: 293/679

Autor:

Representante General del Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Denuncia del Partido Socialista Obrero Español contra la asociación "Hazteoir.org", por realizar actividades de captación de sufragios en las plataformas "Hazte Oír" y "Vota Valores" durante el período de la campaña electoral de las elecciones generales de 2015.

Acuerdo:

El artículo 50.5 de la LOREG introduce la libertad de expresión como límite a la prohibición de que las personas jurídicas realicen campaña electoral. En el caso que nos ocupa se aprecia, de manera prevalente, un ejercicio de la libertad de crítica sobre las formaciones políticas contendientes que debe entenderse amparado por el artículo 20 de la Constitución. Por esta razón, teniendo en cuenta que la prohibición establecida en el artículo 50.5 debe aplicarse de forma estricta, procede desestimar la pretensión formulada por la formación política denunciante. El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones a Cortes Generales 2015

Descriptores de materia:

CAMPAÑA ELECTORAL - Irregularidades

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES