Sesión JEC: 26/05/2016

Núm. Acuerdo: 105/2016

Núm. Expediente: 133/69

Autor:

Otros

Objeto:

Recurso contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Salamanca de 17 de mayo de 2016, por el que resuelve el recurso interpuesto contra la decisión del Secretario de la Junta Electoral de Zona de Salamanca de no designarle como personal colaborador de esa Junta Electoral de Zona vulnerando los distintos acuerdos de la Junta Electoral Central.

Acuerdo:

Inadmitir a trámite en aplicación del artículo 21.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por tratarse de una doble alzada, dado que se impugna el acuerdo de una Junta Electoral Provincial por el que se resuelve un recurso de alzada contra el Acuerdo de una Junta Electoral de Zona.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Este Acuerdo será notificado por la Junta Electoral Provincial de Salamanca a los interesados.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

PERSONAL COLABORADOR

RECURSOS ADMINISTRATIVOS