Sesión JEC: 14/09/2016

Núm. Acuerdo: 232/2016

Núm. Expediente: 293/757

Autor:

Sr. Representante General de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía

Objeto:

Recurso interpuesto por Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía contra acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de 6 de septiembre de 2016, en relación con el recurso presentado por Ciudadanos, de 5 de septiembre a la propuesta de cobertura informativa de RTVE.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco porque la cobertura informativa prevista por la Corporación RTVE -que ha sido detallada mediante escrito del que se dará traslado a la formación recurrente- cumple las condiciones de pluralismo que exige la legislación electoral, en tanto en cuanto dicha formación no cuenta con representación parlamentaria en el ámbito territorial de las elecciones, ni su porcentaje de votos (3,53% del total de votos válidos emitidos en dicho ámbito territorial en las últimas elecciones generales, de 26 de junio de 2016) comporta que se le conceda el tratamiento informativo de "grupo político significativo" que regula la Instrucción 1/2015, de 15 de abril.

Este Acuerdo será trasladado por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco a los interesados.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Otros acuerdos JEC relacionados:

128/2015 (sesión:15/04/2015)

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Vasco 2016

Descriptores de materia:

GRUPO POLÍTICO SIGNIFICATIVO

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA