Sesión JEC: 24/11/2017

Núm. Acuerdo: 127/2017

Núm. Expediente: 271/127

Autor:

Sr. Representante General del Partit dels Socialistes de Catalunya

Objeto:

Consulta sobre si los miembros de mesas electorales, interventores y apoderados pueden concurrir durante la jornada electoral en el interior de los colegios electorales con el símbolo del lazo amarillo promovido por entidades nacionalistas y determinados partidos políticos.

Acuerdo:

Reiterar los Acuerdos de la Junta Electoral Central de 13 y 20 de mayo de 2015 y 15 de junio de 2016 en el siguiente sentido:

1.- El artículo 93 de la LOREG establece que ni en los locales electorales, ni en sus inmediaciones se podrá realizar propaganda electoral de ningún género.

2.- Los miembros de las Mesas electorales deberán mantener una posición de completa neutralidad política en el interior de los colegios electorales, sin que, en consecuencia, puedan llevar camisetas o emblemas de formaciones políticas o que incorporen símbolos de carácter partidista, como el lazo amarillo objeto de esta consulta.

3.- Como la Junta Electoral Central tiene reiteradamente declarado, los interventores o apoderados, en el interior de los colegios electorales, únicamente podrán ostentar emblemas o adhesivos con el nombre y siglas del partido o coalición y la palabra interventor y apoderado, a los puros efectos de identificación y no con el fin de realizar actividades de campaña electoral. La identificación ha de ser simple.

La identificación discreta de los apoderados e interventores de las formaciones políticas constituye una excepción al artículo 93, pero en esa excepción no cabe amparar el derecho a que las formaciones políticas diseñen un uniforme o vestimenta específica para sus apoderados o interventores, dado el sesgo propagandístico que esa uniformidad colectiva comporta, ni llevar camisetas que incorporen símbolos de carácter partidista, como en este proceso electoral el lazo amarillo.

De este Acuerdo se dará traslado a las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona correspondientes, y por éstas a las Mesas electorales. Asimismo, se comunicará a los representantes generales de las candidaturas proclamadas.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Cataluña 2017

Descriptores de materia:

APODERADOS E INTERVENTORES

EMBLEMAS

MESAS ELECTORALES - Miembros