Sesión JEC: 23/01/2019

Núm. Acuerdo: 12/2019

Núm. Expediente: 359/308

Autor:

Sr. Director General de la Administración Local del Gobierno del Principado de Asturias

Objeto:

Comisión gestora de la Parroquia Rural de Busmente, Herías y La Muria, perteneciente al municipio de Villayón (Asturias).

Acuerdo:

Estando vacantes la Alcaldía Pedánea y los otros dos miembros de la Junta Vecinal y una vez recabados los datos oportunos, comunicar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 en relación con el artículo 1.2 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, por el que se regula la constitución de Comisiones Gestoras en Entidades de ámbito territorial inferior al municipio, esta Junta considera que atendiendo a los resultados de las últimas elecciones para el Ayuntamiento de Villayón en la mesa electoral correspondiente a la entidad local menor de Busmente, Herías y La Muria -de los cuales se acompaña copia-, la Comisión Gestora de la citada Parroquia Rural debe estar integrada por tres miembros, debiendo designarse los nuevos Vocales por el Gobierno del Principado de Asturias, según el procedimiento establecido en el citado texto legal, a propuesta del Partido Popular.

Dar traslado de la presente Resolución al Gobierno del Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Villayón (Asturias).

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Sustitución

VOCALES DE JUNTAS VECINALES - Sustitución