Sesión JEC: 04/03/2019
Núm. Acuerdo: 35/2019
Núm. Expediente: 293/823
Autor:
Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid
Objeto:
Consulta relativa a la posibilidad de dar difusión a la segunda edición de la feria denominada "Rehabitar Madrid 2019", prevista para marzo de 2019, estando convocadas las elecciones generales de 28 de abril de 2019.
Acuerdo:
Conforme establece la Instrucción de la Junta Electoral Central 2/2011, de 24 de marzo, no corresponde a las Juntas Electorales la autorización previa de actos institucionales, sino que su intervención se debe producir como consecuencia de la formulación de denuncias o reclamaciones o de la interposición de recursos.
En la materia planteada resulta aplicable el artículo 50.2 y 3 de la LOREG, la citada Instrucción de la Junta Electoral Central, así como la Instrucción 3/2019, de 4 de marzo de 2019, de la Junta Electoral Central, sobre consecuencias de la simultaneidad en la celebración de las elecciones generales de 28 de abril de 2019 y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019 en lo que se refiere a la regulación de la campaña electoral, de la que se acompaña copia. El apartado Segundo.1 de dicha Instrucción se refiere expresamente a los supuestos de prohibición de campañas institucionales e inauguraciones por los poderes públicos.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2019
Elecciones Generales 2019 Abr
Descriptores de materia:
ACTOS INSTITUCIONALES - Irregularidades
CAMPAÑA ELECTORAL - Actos
ELECCIONES SIMULTÁNEAS