Sesión JEC: 11/04/2019

Núm. Acuerdo: 174/2019

Núm. Expediente: 293/907

Autor:

Sr. Representante Provincial del Partido Popular

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Popular contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de les Illes Balears de 1 de abril de 2019, por el que se desestima su denuncia presentada contra la Autoridad Portuaria de Baleares, por la colocación de vallas publicitarias en los puertos de Palma y Alcudia que vulneran el artículo 50 de la LOREG.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Les Illes Balears.

De la documentación que obra en el expediente se desprende que las vallas publicitarias objeto de la denuncia fueron colocadas con antelación a la convocatoria del proceso electoral y su contenido, además, tiene un carácter objetivo por tratarse de una información al ciudadano sobre las obras que estaba realizando la Autoridad Portuaria de Baleares, sin que esta Junta Electoral Central aprecie connotaciones electoralistas en ellas que pudieran suponer una vulneración del artículo 50.2 de la LOREG.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De este Acuerdo se dará traslado a los interesados por la Junta Electoral Provincial de Les Illes Balears.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Abr

Descriptores de materia:

DENUNCIAS Y RECLAMACIONES

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

PROPAGANDA ELECTORAL - Irregularidades

RECURSOS ADMINISTRATIVOS