Sesión JEC: 11/04/2019

Núm. Acuerdo: 194/2019

Núm. Expediente: 293/922

Autor:

Sr. Representante General de Nueva Canarias

Objeto:

Recurso interpuesto por Nueva Canarias contra el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 4 de abril de 2019, de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral de la Corporación RTVE con motivos de las elecciones generales 2019.

Acuerdo:

Desestimar el recurso, en la medida en que al haberse presentado la formación recurrente en una de las dos circunscripciones de la Comunidad Autónoma de Canarias no cumple el requisito establecido en el artículo 64.2 de la LOREG, que exige presentar candidaturas en más de 75% del ámbito de difusión o programación del medio.

En el presente caso, los derechos de participación política y de pluralismo político y social se configuran legalmente por la LOREG, que establece de forma taxativa ese requisito, careciendo la Junta Electoral Central de competencia para su modificación sobre la base de otros criterios.

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Abr

Descriptores de materia:

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