Sesión JEC: 22/04/2019
Núm. Acuerdo: 229/2019
Núm. Expediente: 293/977
Autor:
Sr. Representante general de EAJ-PNV
Objeto:
Reclamación contra la Corporación Radio Televisión Española por la publicidad dada al "debate a cuatro" previsto para el lunes 22 de abril con motivo de las elecciones generales de 28 de abril de 2019.
Acuerdo:
Desestimar la reclamación porque el debate de referencia se ajusta al Plan de Cobertura Informativa -que no fue impugnado en tiempo y forma por la formación política reclamante- y porque, en el presente caso, la inclusión de dicha formación política en el llamado "debate a seis" sirvió suficientemente para dar cumplimiento al principio de proporcionalidad que deben respetar los medios de comunicación en aplicación del artículo 66 de la LOREG.
El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Generales 2019 Abr
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
ENTREVISTAS Y DEBATES
NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA