Sesión JEC: 10/11/2019

Núm. Acuerdo: 716/2019

Núm. Expediente: 321/500

Autor:

Sra. Representante general de la coalición electoral Junts

Objeto:

Solicitud de ampliación del plazo y modificación del órgano competente para realizar el escrutinio del voto de los ciudadanos residentes temporales en el exterior.

Acuerdo:

La reclamación a la Junta Electoral Central de que se modifiquen los plazos y el órgano que debe realizar el escrutinio del voto de los electores residentes temporalmente en el exterior resulta extemporánea, pues se plantea el sábado 9 de noviembre, un día antes de la celebración de la votación.

A lo anterior cabe recordar que esa solicitud resulta contraria a lo dispuesto en el Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero, que establece explícitamente los plazos y órganos competentes para la realización del escrutinio de estos electores.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Generales 2019 Nov (Cortes Generales)

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

ESCRUTINIO

PLAZOS

RESIDENTES EN EL EXTRANJERO